El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el “Acuerdo por el que se da a conocer el segundo periodo general de vacaciones 2024, para la Agencia Nacional de Aduanas de México”, quedando de la siguiente manera:
En términos del artículo 12, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), se estará a lo siguiente:
I. Para efectos del cómputo de plazos y términos, se establece como segundo periodo general de vacaciones del año 2024, el que comprende los días del 23 al 31 de diciembre de 2024.
II. En dicho periodo NO se computarán plazos y términos legalescorrespondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas de la Agencia Nacional de Aduanas de México.
Lo anterior, sin perjuicio del personal que cubra guardias y que es necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades conferidas y el despacho aduanero, de acuerdo a lo previsto en los artículos 13 del CFF, 1º, 10, 18, 19, 35, 36 y 43 de la Ley Aduanera; y 14 de su Reglamento, en relación con el Anexo 4, Horario de las aduanas, de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.
El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
Acuerdo por el que se da a conocer el segundo periodo general de vacaciones 2024, para la ANAM