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Cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ferromanganeso alto carbón originarias de China

Cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ferromanganeso alto carbón originarias de China

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, la “Resolución Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ferromanganeso alto carbón originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, quedando de la siguiente manera:

Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones definitivas y temporales, incluidas las que ingresen al amparo de la Regla Octava, de ferromanganeso originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7202.11.01 y 9802.00.13 de la TIGIE, o por cualquier otra.

Se prorroga por cinco años más la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de 21%, señalada en los puntos 3 a 5 de la presente Resolución contados a partir del 26 de septiembre de 2023.

Con fundamento en el artículo 87 de la LCE, la cuota compensatoria definitiva señalada en el punto anterior de la presente Resolución, se aplicará sobre el valor en aduana declarado en el pedimento correspondiente.

Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aplicar la cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 206 de la presente Resolución, en todo el territorio nacional.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la LCE, los importadores que conforme a la presente Resolución deban pagar la cuota compensatoria definitiva, no estarán obligados a su pago si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOF.

 

Resolución final cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ferromanganeso alto carbón originarias de la República Popular China

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