El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, la “Resolución Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de tubería de acero al carbono y aleada con costura longitudinal de sección circular, cuadrada y rectangular originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, quedando de la siguiente manera:
Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias definitivas impuesta a las importaciones de tubería de acero al carbono y aleada con costura longitudinal de sección circular, cuadrada y rectangular originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7306.19.99, 7306.30.03, 7306.30.04, 7306.30.99 y 7306.61.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Se prorroga la vigencia de las cuotas compensatorias definitivas a que se refiere el punto 1 de la presente Resolución por cinco años más, contados a partir del 9 de marzo de 2023.
Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aplicar las cuotas compensatorias a que se refiere el punto anterior de la presente Resolución, en todo el territorio nacional.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la LCE, los importadores que conforme a esta Resolución deban pagar la cuota compensatoria definitiva, no estarán obligados a su pago si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.