El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de amoxicilina trihidratada originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia”, quedando de la siguiente manera:
Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de amoxicilina originarias de India, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 2941.10.12 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2022 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de 2022.
Conforme a lo establecido en los artículos 11.3 del Acuerdo Antidumping, 21.3 del ASMC, 70 fracción II y 89 F de la Ley de Comercio Exterior, así como 94 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, la cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 1 de la presente Resolución, continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia.
De conformidad con los artículos 6.1 y 11.4 del Acuerdo Antidumping, 12.1 y 21.4 del ASMC y 3 último párrafo y 89 F de la Ley de Comercio Exterior, los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen, contarán con un plazo de veintiocho días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes. El plazo de veintiocho días hábiles se contará a partir del día siguiente de la publicación en el DOF de la presente Resolución. La presentación de la información podrá realizarse en forma física de las 9:00 a las 14:00 horas en el domicilio ubicado en Insurgentes Sur 1940, Colonia Florida, C.P. 01030, Ciudad de México, o conforme a lo dispuesto en el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican”, publicado en el DOF el 4 de agosto de 2021.
El formulario oficial a que se refiere el punto anterior, se podrá obtener a través de la página de Internet https://www.gob.mx/se/acciones-y-programas/industria-y-comercio-unidad-de-practicas-comerciales-internacionales-upci., asimismo, se podrá solicitar a través de la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.