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Modificación al diverso por el que la SE emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior

Modificación al diverso por el que la SE emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, la “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, quedando de la siguiente manera:

Se REFORMAN las reglas 2.4.8, segundo y quinto párrafos, 2.4.11, fracción VI, y el Anexo 2.4.1, numerales 1 y 3, fracciones I y IX, del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones, para quedar como sigue:

Por lo extenso de la publicación, se recomienda consultar el archivo adjunto.

El presente Acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de lo siguiente:

I. Las modificaciones de este Acuerdo relativas al cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-116-SCFI-2018, Industria automotriz-Aceites lubricantes para motores a gasolina y diésel-Especificaciones, métodos de prueba e información comercial (cancela a la NOM-116-SCFI-1997), y la Norma Oficial Mexicana NOM-116-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal-Respiradores purificadores de aire de presión negativa contra partículas nocivas-Especificaciones y métodos de prueba, entran en vigor a los 15 días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

II. Las modificaciones de este Acuerdo relativas al cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-225-SCFI-2019, Seguridad de artículos de uso doméstico-Utensilios con recubrimiento antiadherente para la cocción de alimentos-Especificaciones y métodos de prueba, de la Norma Oficial Mexicana NOM-003-ENER-2021, Eficiencia térmica de calentadores de agua para uso doméstico y comercial. Límites, métodos de prueba y etiquetado, de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-ENER-2019, Eficiencia energética de unidades condensadoras y evaporadoras para refrigeración. Límites, métodos de prueba y etiquetado y de la Norma Oficial Mexicana NOM-140-SCFI-2017Artículos escolares-Tijeras-Especificaciones y métodos de prueba (cancela a la NOM-140-SCFI-1999, Artículos escolares-Tijeras-especificaciones y métodos de prueba, publicada el 6 de marzo de 2000 y su modificación el 26 de julio de 2001), entran en vigor a los 30 días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

III. Las modificaciones de este Acuerdo relativas al cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-027-ENER/SCFI-2018, Rendimiento térmico, ahorro de gas y requisitos de seguridad de los calentadores de agua solares y de los calentadores de agua solares con respaldo de un calentador de agua que utiliza como combustible gas L.P. o gas natural. Especificaciones, métodos de prueba y etiquetado, entran en vigor a los 60 días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general 28-08-24

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