El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Energía, la “Norma Oficial Mexicana NOM-004-ENER-2025, Eficiencia energética para el conjunto motorbomba y motobombas, para bombeo de agua limpia, en potencias de 0,149 kW (1/5 HP) hasta 1,492 kW (2 HP). Límites, métodos de prueba y etiquetado”, quedando de la siguiente manera:
Esta Norma Oficial Mexicana establece el valor máximo del Índice de Energía de la Bomba (IEB) que deben cumplir los conjuntos motor-bomba y motobombas, para manejo de agua limpia; establece, además, el método de prueba y cálculo para comprobar el cumplimiento de dicho índice, así como, los requisitos de información que debe contener la etiqueta y el Procedimiento de evaluación de la conformidad.
Esta Norma Oficial Mexicana aplica para el conjunto motorbomba y motobombas, que utilizan motores monofásicos de inducción tipo jaula de ardilla, para manejo de agua limpia en potencias de 0,149 kW (1/5 HP) hasta 1,492 kW (2 HP), importados, fabricados o comercializados en los Estados Unidos Mexicanos.
Esta Norma Oficial Mexicana tutela el objetivo legítimo de interés público IX, con relación al uso y aprovechamiento de los recursos naturales de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
Se excluyen del campo de aplicación los siguientes tipos de bombas:
a) Contra incendio;
b) Autoaspirantes/Autocebantes; e
c) Impulsadas por motores de imanes permanentes;
Esta Norma Oficial Mexicana, entrará en vigor 180 días naturales contados a partir del día natural siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Todos los productos comprendidos dentro del campo de aplicación de la NOM-004-ENER-2025, que hayan sido fabricados o importados con anterioridad a la entrada en vigor que refiere el Transitorio Primero de esta Norma Oficial Mexicana, podrán comercializarse hasta agotar el inventario del producto. Para tal fin, se debe acreditar la evaluación de la conformidad con la NOM-004-ENER-2014, Eficiencia energética para el conjunto motor-bomba, para bombeo de agua limpia de uso doméstico, en potencias de 0,180 kW (¼ HP) hasta 0,750 kW (1 HP). Límites, métodos de prueba y etiquetado, mediante un certificado vigente de cumplimiento expedido por un Organismo de Certificación de Producto.
Los equipos certificados en la NOM-004-ENER-2014, que se encuentren en tránsito, de conformidad con el conocimiento de embarque correspondiente, podrán importarse hasta el vencimiento de su certificado.
NOM-004-ENER-2025, Eficiencia energética para el conjunto motor¬bomba y motobombas