El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la “Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y anexos 1, 3 y 7”, quedando de la siguiente manera:
Se reforman las reglas 2.1.6.; 2.1.13., segundo párrafo; 2.2.10., segundo párrafo; 2.2.14., primer párrafo; 2.4.4., primer párrafo; 2.4.11., fracciones IX y X; 2.7.1.44.; 2.11.6., fracciones I y IV; 2.14.4., segundo, cuarto y octavo párrafos; 2.14.8., primer y segundo párrafos; 2.14.10., segundo párrafo; 3.1.15., fracción I, segundo párrafo; 3.13.9., primer párrafo, fracción III; 3.21.2.1., segundo párrafo; 3.21.2.4., octavo párrafo, así como el Capítulo 11.4., que comprende las reglas 11.4.1. a 11.4.10., se adicionan las reglas 2.7.1.49.; 3.13.7., tercer y cuarto párrafos; 3.13.9., primer párrafo, fracción IV y segundo párrafo pasando el actual segundo a ser tercero; 3.16.13.; 4.1.12. y 12.2.10., y se derogan las reglas 2.2.1., décimo primer y décimo segundo párrafos; 2.2.14., tercer y cuarto párrafos; 2.5.22., fracción IV; 3.1.12.; 3.1.15., fracción II, inciso, f) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:
I. Segunda Modificación al Anexo 1 de la RMF para 2024.
II. Segunda Modificación al Anexo 1-A de la RMF para 2024.
III. Primera Modificación al Anexo 3 de la RMF para 2024.
IV. Primera Modificación al Anexo 7 de la RMF para 2024.
La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo. Lo establecido en la regla 2.7.1.44., entrará en vigor a partir del 1o. de diciembre de 2024.
Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y anexos 1, 3 y 7